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LA EXENCIÓN PROFESIONAL PARA HORAS EXTRAS


La exención profesional es una horas extras exención, así como una exención de los requisitos de comida y descanso. La exención profesional generalmente requiere un título avanzado más allá de una licenciatura. La ley de California establece específicamente que la exención profesional cubre a profesionales con licencia como abogados, ingenieros, arquitectos, dentistas, médicos y optometristas. Los profesionales calificados bajo esta exención son personas que han tenido un curso prolongado de instrucción intelectual especializada (un título de posgrado). Se ha determinado que los trabajadores sociales no están exentos bajo estas exenciones, al igual que los contadores sin licencia de CPA. La exención profesional también requiere un pago de al menos el doble del salario mínimo.

Los profesionales bajo esta exención deben estar realizando realmente un trabajo que encaje en esta definición. Un arquitecto con licencia que pasa la mayor parte de su tiempo archivando los planos de la firma no debería considerarse exento. El simple hecho de archivar documentos masivos y reducirlos para que quepan en una red remota no es trabajo exento. De igual manera, un abogado que trabaja como archivista no está exento. El simple hecho de que alguien tenga una licencia profesional, o esté catalogado como un profesional exento, no significa que estará exento si su trabajo es diferente del significado ordinario de lo que realmente hace en el trabajo.

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LEY DE HORAS EXTRAS SOBRE LA EXENCIÓN PROFESIONAL


El Departamento de Cumplimiento de Normas Laborales (DLSE) define la exención profesional de la siguiente manera:

Una persona empleada en calidad de profesional significa cualquier empleado que cumpla con todos los siguientes requisitos:

Que esté con licencia o certificación del Estado de California y que esté dedicado principalmente al ejercicio de una de las siguientes profesiones reconocidas: derecho, medicina, odontología, optometría, arquitectura, ingeniería, enseñanza o contabilidad, o

Que esté dedicado principalmente a una ocupación comúnmente reconocida como una profesión erudita o artística. "Profesión erudita o artística" significa un empleado que se dedica principalmente a la realización de:

Trabajo que requiere conocimientos de tipo avanzado en un campo, ciencia o disciplina de conocimiento adquirido habitualmente mediante un curso prolongado de instrucción y estudio intelectual especializado, a diferencia de una educación académica general, de un aprendizaje, y de la capacitación en la realización de procesos mentales, manuales o físicos rutinarios, o trabajo que sea una parte esencial de, o necesariamente incidental a, cualquiera de los trabajos anteriores; o

Trabajo que sea original y creativo en su naturaleza en un campo reconocido de esfuerzo artístico (a diferencia del trabajo que puede ser producido por una persona dotada de habilidad y capacitación manual o intelectual general), y cuyo resultado depende principalmente de la invención, imaginación o talento del empleado o trabajo que sea una parte esencial de, o necesariamente incidental a, cualquiera de los trabajos anteriores; y

Cuyo trabajo sea predominantemente intelectual y variado en su naturaleza (a diferencia del trabajo mental, manual, mecánico o físico rutinario) y de tal carácter que la producción obtenida o el resultado logrado no pueda estandarizarse en relación con un período de tiempo determinado.

Que habitual y regularmente ejerce discreción y juicio independiente en el desempeño de las funciones antes mencionadas.

Que gane un salario mensual equivalente a no menos de dos veces el salario mínimo estatal para empleo a tiempo completo. El empleo a tiempo completo significa 40 horas por semana, según se define en la Sección 515(c) del Código Laboral.

En cuanto al requisito de que, para que aplique la exención, el empleado "habitual y regularmente ejerce discreción y juicio independiente", esta frase significa la comparación y evaluación de posibles cursos de acción y el actuar o tomar una decisión después de haber considerado las diversas posibilidades. El empleado debe tener la autoridad o el poder de tomar una decisión independiente, libre de dirección o supervisión inmediata y con respecto a asuntos de importancia.

Para las profesiones eruditas, un título académico avanzado (por encima del nivel de licenciatura) es un requisito estándar.

Para las profesiones artísticas, el trabajo en un "campo reconocido de esfuerzo artístico" incluye campos como la música, la escritura, el teatro y las artes plásticas y gráficas.



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Sobre el Fundador de la Firma, Karl Gerber

Fundador de la firma, Karl Gerber, ha sido abogado de derecho laboral y despido injustificado desde 1993. Ha representado a una amplia gama de empleados en todo California.

El Sr. Gerber ha ganado 51 de los arbitrajes vinculantes y juicios con jurado que presidió por primera vez, y varias de sus apelaciones han sido publicadas. Esta profunda experiencia en juicios es la base del enfoque estratégico de la firma en materia de litigios.

Los abogados laborales que trabajan en Employment Lawyers Group han estado en la firma por más de cinco años, también han litigado muchos casos laborales diferentes, y todos han sido ampliamente capacitados en derecho laboral y despido injustificado por Karl Gerber.

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