CONTRATISTA INDEPENDIENTE VS. EMPLEADO
Los empleadores pequeños son conocidos por clasificar erróneamente a sus empleados como contratistas independientes para evitar las leyes laborales. Sin embargo, nuestro despacho ha prevalecido contra grandes empleadores que clasificaron erróneamente a sus empleados como contratistas independientes. Por lo tanto, tanto los empleadores grandes como los pequeños pueden ser culpables de clasificar erróneamente a sus empleados como contratistas independientes. Los empleados mal clasificados como contratistas independientes tienen derecho a horas extras, tiempo doble, períodos de comida y períodos de descanso si no están exentos. Si son empleados exentos, se les deben sanciones de 30 días de tiempo de espera si no se les pagó en su totalidad a tiempo, y sanciones PAGA por no pagarles con la frecuencia que exige la ley.
1.) La persona tiene el derecho de controlar, y la discreción en cuanto a la manera de realizar los servicios en el resultado del trabajo y los medios para lograrlo;
2.) La persona se dedica habitualmente a un negocio establecido de forma independiente;
3.) La independencia de la persona no es un subterfugio para evitar la condición de empleado;
4) Los factores acumulativos para establecer que alguien es un contratista independiente incluyen una inversión sustancial distinta de los servicios personales en el negocio, presentarse como un negocio propio, negociar para completar un proyecto específico por una compensación basada en el proyecto en lugar del tiempo, el control sobre el lugar donde se realiza el trabajo, el suministro de las herramientas o instrumentos utilizados en el trabajo, la contratación de empleados, realizar habitualmente un trabajo que requiere una habilidad particular, tener una licencia, y realizar un trabajo que no es habitual dentro del negocio del empleado. Es difícil para un empleador de California prevalecer en un caso de clasificación errónea. El que un trabajador haya sido mal clasificado como independiente es típicamente una cuestión que depende en gran medida de los hechos, en la cual el empleador suele perder. A nuestros abogados laborales les gustaría conocer su situación de clasificación errónea. LLAME AL (818) 783-7300
HORAS EXTRAS PARA CONTRATISTAS INDEPENDIENTES
Los contratistas independientes que realizan el mismo trabajo que un empleado que desempeña el mismo puesto probablemente no son contratistas independientes. HAGA CLIC AQUÍ PARA LEER SOBRE LAS HORAS EXTRAS Si el trabajo que se realiza es el trabajo general en el que se dedica la empresa, es muy probable que el trabajador sea un empleado. Si al trabajador se le paga por hora, se le obliga a llevar un registro de sus horas, y es supervisado generalmente por la empresa, es un empleado.
Factores acumulativos para establecer
que alguien es un contratista independiente incluyen
Nuestro despacho ha manejado casos en los que a empleados mal clasificados se les deben grandes cantidades de horas extras. En una Acción Colectiva Federal se obtuvieron $525,000. Recientemente se obtuvieron $800,000 para un grupo de 12. Obtuvimos $175,000 para artistas de clubes nocturnos para adultos que fueron mal clasificados, y $120,000 contra un gran empleador que clasificó erróneamente a algunos escritores como contratistas independientes. Si el objetivo del empleador es lograr que alguien trabaje muchas horas al día, o por semana, y evitar pagarle horas extras porque se le llama contratista independiente, el caso puede tener un gran valor. Las reglas de horas extras son algo complicadas. Por ejemplo, si el empleado no tiene un día libre después de cierta cantidad de tiempo, puede tener derecho a tiempo doble por su turno. Las horas extras son tanto diarias como semanales. Si el empleado trabaja muchas horas a la semana, el reclamo de horas extras puede acumularse. El no pagar horas extras y/o tiempo doble da lugar a muchas sanciones del Código Laboral. El valor de un caso de horas extras no es simplemente las horas extras y los intereses.
MAL CLASIFICADO COMO CONTRATISTA INDEPENDIENTE
Los empleados mal clasificados como contratistas independientes tienen varios problemas laborales además de simplemente tener derecho a horas extras y tiempo doble. La clasificación errónea de un empleado como contratista independiente genera problemas del Procurador General Privado (PAGA). Bajo esta sección especial del Código Laboral de California, nuestro despacho puede demandar por sanciones que normalmente solo la Comisión de Bienestar Industrial (Industrial Welfare Commission) puede obtener. En las demandas PAGA, el empleado termina recibiendo el 25% de las sanciones que de otro modo serían gubernamentales. Las sanciones PAGA se acumulan rápidamente. Hemos manejado muchas acciones PAGA en las que existen miles de dólares en sanciones PAGA por cada empleado, por cada período de pago. Las sanciones PAGA pueden exceder el dinero real adeudado al empleado por el pago no relacionado con PAGA.
Los empleados llamados incorrectamente contratistas independientes pueden encontrarse necesitando compensación laboral remedios si se lesionan en el trabajo. Si usted se lesionó en el trabajo y su empleador niega que usted era un empleado, por favor comuníquese con nuestra oficina al (818) 783-7300.
Nuestro despacho tiene experiencia demostrando que los empleadores han clasificado erróneamente al trabajador, y que por lo tanto el trabajador tiene derecho a los remedios legales a los que un empleado tiene derecho. Permítanos ayudarlo.
Aunque el éxito pasado no es una garantía ni una predicción de éxito futuro, los resultados de nuestros casos de clasificación errónea han incluido:
- $800,000 para traductores mal clasificados como empleados
- $525,000 para personas que reportaban reclamos de desastres y que eran llamadas contratistas independientes
- $175,000 para varios artistas de striptease mal clasificados como contratistas independientes
- $120,000 para varios escritores mal clasificados como contratistas independientes
- Una recuperación del Procurador General Privado (PAGA) para masajistas mal clasificados
- Una demanda por despido injustificado resuelta a favor de un supervisor que fue despedido por quejarse de que los subordinados estaban mal clasificados
Llame al (818) 783-7300 para hablar con un abogado laboral
Nuestro Despacho: Sin Honorarios ni Costos Iniciales
Representación por Honorarios de Contingencia
Todos los casos de empleo para empleados se toman por base de contingencia. Solo se nos paga un honorario cuando y si ganamos su caso, y adelantamos todos los costos de litigio. Nuestro objetivo es hacer que la representación legal experta sea accesible para todo empleado trabajador.
Sirviendo al Condado de Los Ángeles
Hemos servido con orgullo a todo el Condado de Los Ángeles desde 1993.
Employment Lawyers Group ha manejado con éxito
Casos de Empleo Separados en California
Apariciones en Medios
Áreas de Práctica
Discriminación
Reclamos por discriminación por edad, discapacidad, FMLA/CFRA, género, origen nacional, embarazo, raza y orientación sexual.
Salarios No Pagados y Horas Extra
Recuperación de ingresos por horas extra, bonificaciones, comisiones, violaciones de descansos para comer y descansar, y reclamos de salario prevaleciente.
Acoso Sexual
Representación compasiva y eficaz para reclamos de acoso sexual y ambiente de trabajo hostil.
Despido Injustificado
Representación de empleados despedidos en violación de la política pública, contratos, o la ley estatal de California y federal.
Licencias y Represalias
Protección de empleados que enfrentan acciones adversas después de denunciar actividades ilegales o tomar una licencia médica protegida.
Denunciantes
Defensa de empleados que denuncian fraude, desperdicio o abuso bajo las leyes de protección de denunciantes de California y federales.
Nuestras Ubicaciones en California
Bakersfield
5401 Business Park S, #214,
Bakersfield CA 93309
Sacramento
777 Campus Commons Rd, #200,
Sacramento CA 95825
San Francisco / Bay Area
524 Union St, #400,
San Francisco CA 94133
San Jose / Silicon Valley
111 N. Market St, #300,
San Jose CA 95113
Torrance / South Bay
3655 Torrance Blvd, 3rd Floor,
Torrance CA 90503
Sitios Adicionales
Sobre el Fundador de la Firma, Karl Gerber
Fundador de la firma, Karl Gerber, ha sido abogado de derecho laboral y despido injustificado desde 1993. Ha representado a una amplia gama de empleados en todo California.
El Sr. Gerber ha ganado 51 de los arbitrajes vinculantes y juicios con jurado que presidió por primera vez, y varias de sus apelaciones han sido publicadas. Esta profunda experiencia en juicios es la base del enfoque estratégico de la firma en materia de litigios.
Los abogados laborales que trabajan en Employment Lawyers Group han estado en la firma por más de cinco años, también han litigado muchos casos laborales diferentes, y todos han sido ampliamente capacitados en derecho laboral y despido injustificado por Karl Gerber.
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